Las novedades de la futura Ley Hipotecaria.

Todavía quedan alguno flecos pendientes, puesto que la ponencia de la ley volverá a reunirse en la Comisión de Economía del Congreso el próximo 23 de noviembre con el fin de terminar los trabajos y pasar en diciembre a la votación de las enmiendas que queden vivas, pero, hasta el momento, ya se han acordado varias novedades importantes. Entre otras, destacan las siguientes:

• La entidad financiera deberá llevar a cabo una evaluación de la solvencia del cliente antes de conceder el crédito, estableciéndose un régimen de supervisión, y el coste de este procedimiento interno no se repercutirá al consumidor. Continuar leyendo «Las novedades de la futura Ley Hipotecaria.»

Cómo serán las hipotecas a partir de ahora.

En las últimas semanas el mercado hipotecario y bancario ha estado revolucionado por los cambios normativos del Gobierno. El AJD de las nuevas hipotecas lo pagará la banca, tal y como aprobó en un Real Decreto Ley el Ejecutivo, que tiene en sus manos la reforma de la ley hipotecaria. Una normativa que también traerá cambios en los nuevos préstamos.  

Por Real Decreto Ley se ha establecido que el banco debe pagar el AJD de las hipotecas. Pero no será el único gasto que asumirá. En la reforma de la ley hipotecaria, cuya entrada en vigor lleva ya un retraso de más de dos años, se contempla que también paguen los gastos de la escritura, la gestoría y el arancel notarial, mientras que el cliente sólo tendrá que abonar la tasación de la casa que vaya a comprar y las copias de las escrituras que solicite.

El cliente se ahorrará entre el 85% y el 93% de los gastos hipotecarios, según el simulador de idealista/hipotecas. Sin embargo, este ahorro es mínimo en comparación con todos los gastos que hay que asumir a la hora de comprar una casa. De hecho, que la banca pague los gastos hipotecarios supondrá un ahorro para el hipotecado del 1% y el 2% sobre el precio de compra del inmueble. Y es que adquirir una casa conlleva el pago de impuestos, como el IVA (si es obra nueva) o el ITP (si es una casa usada), así como la notaría, el registro y la gestoría por escriturar la compraventa.

El texto definitivo de la normativa sigue negociándose en el Congreso de los Diputados y sigue incluyendo cambios importantes respecto al proyecto que anunció Luis de Guindos cuando estaba al frente del Ministerio de Economía. Por ejemplo, se retrasará el momento en el que el banco pueda ejecutar la hipoteca y embargar la vivienda por impago. Es lo que se conoce como la cláusula de vencimiento anticipado, una disposición que permite a la entidad ejecutar la hipoteca en el momento en que el cliente deje de pagar la cuota hipotecaria.

De este modo, el banco sólo podrá activar esta cláusula si el hipotecado ha dejado de pagar más de 12 cuotas hipotecarias o un importe equivalente al 3% del préstamo durante la primera mitad de vida de la hipoteca. Pasado ese momento, el plazo es de 15 mensualidades o del 7% del importe del préstamo.

Fuente: idealista.com

Un juzgado de Málaga condena al Banco Santander a abonar el impuesto de hipotecas de forma retroactiva.

• La sentencia obliga a la entidad a devolver 1.990,31 euros en concepto de gastos, registro, gestoría y AJD

• El banco considera que la condena «es contraria a la ley» y recurrirá la sentencia

Más información en: www.rtve.es/noticias/20181120/juzgado-malaga-condena-banco-santander-abonar-impuesto-hipotecas-forma-retroactiva/1841201.shtml