Un juzgado de Málaga condena al Banco Santander a abonar el impuesto de hipotecas de forma retroactiva.

• La sentencia obliga a la entidad a devolver 1.990,31 euros en concepto de gastos, registro, gestoría y AJD

• El banco considera que la condena «es contraria a la ley» y recurrirá la sentencia

Más información en: www.rtve.es/noticias/20181120/juzgado-malaga-condena-banco-santander-abonar-impuesto-hipotecas-forma-retroactiva/1841201.shtml

Hacienda rectifica: los servicios del turno de oficio no están sujetos al IVA. 

La Dirección General de Tributos, en su consulta vinculante de 30 de junio de 2017, se desdice de su anterior criterio expresado en consulta igualmente vinculante de 27 de enero de 2017, y reconoce el carácter obligatorio y gratuito de la prestación de servicios en el turno de oficio, determinando en consecuencia la NO SUJECIÓN AL I.V.A. de dichos servicios, con efectos de 1 de enero de 2017.

Ver consulta vinculante aquí