Requisitos para recuperar la vivienda alquilada por necesidad.

Si el propietario de una vivienda alquilada desea recuperarla por necesidad y el contrato ha sido celebrado a partir del 6 de marzo de 2019 deben concurrir en el contrato y en el arrendador los siguientes requisitos (según establece el artículo 9.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos):

1. Que haya transcurrido al menos un año de duración del contrato. Continuar leyendo «Requisitos para recuperar la vivienda alquilada por necesidad.»

Qué es el certificado de eficiencia energética.

El certificado de eficiencia energética, también conocido como certificado energético, es un documento oficial elaborado por un técnico competente que tiene por objeto proporcionar información objetiva sobre el consumo y características energéticas de un inmueble en condiciones normales de ocupación y funcionamiento (calefacción, agua caliente, iluminación, ventilación y refrigeración).

Cada certificación energética asigna al inmueble una etiqueta energética de acuerdo con una escala de calificación energética de siete letras que va desde la letra A (edificio más eficiente energéticamente) hasta la G (edificio menos eficiente energéticamente).

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Ocupación de bien inmueble supuestamente de la SAREB: no basta un acta notarial complementaria de otra para justificar la titularidad del inmueble. Falta de inscripción registral.

La Sociedad de Gestión de Activos procedentes de Reestructuración Bancaria, S.A., más conocida como la SAREB o más coloquialmente como el “banco malo”, presentó contra mi cliente una denuncia por un presunto delito leve de usurpación de bien inmueble (venía haciendo uso de una casa de campo abandonada a las afueras del municipio alicantino de El Campello desde hacía muchos años, si bien con carácter ocasional al tener su empadronamiento y domicilio fiscal en un municipio de Granada, la cual se encargó de rehabilitar y sin que el propietario -una inmobiliaria según el Registro de la Propiedad- se hubiera dirigido a él en ningún momento).

Conviene recordar que la SAREB es una entidad creada en noviembre de 2012 para ayudar al saneamiento del sector financiero español y, en concreto, a las entidades beneficiarias de ayudas públicas que arrastraban problemas por su excesiva exposición al sector inmobiliario. El modelo consistía en transferir a esta nueva sociedad de gestión los activos inmobiliarios de las entidades que atravesaban dificultades, con el objetivo de reducir los riesgos de las mismas y liquidar de forma ordenada sus activos problemáticos, es decir, vender sus activos tóxicos, disponiendo para ello de un plazo de 15 años, transcurrido el cual la SAREB sería liquidada.

Pues bien, la SAREB presenta su denuncia manifestando ser titular de la casa de apero “ocupada” por mi patrocinado y lo intenta Continuar leyendo «Ocupación de bien inmueble supuestamente de la SAREB: no basta un acta notarial complementaria de otra para justificar la titularidad del inmueble. Falta de inscripción registral.»