Europa pone la lupa en los acuerdos que modifican o suprimen la cláusula suelo con renuncia de acciones.

El Diario de la Unión Europea ha publicado el inicio del expediente de la primera cuestión prejudicial contra la doctrina del Tribunal Supremo español sobre la validez de los acuerdos que modifican o suprimen la cláusula suelo con renuncia de acciones posteriores, planteada por un Juzgado de Primera Instancia de Teruel.

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Un juzgado de Málaga condena al Banco Santander a abonar el impuesto de hipotecas de forma retroactiva.

• La sentencia obliga a la entidad a devolver 1.990,31 euros en concepto de gastos, registro, gestoría y AJD

• El banco considera que la condena «es contraria a la ley» y recurrirá la sentencia

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Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 7 Zaragoza que condena a Ibercaja a devolver todos los gastos hipotecarios.

En esta Sentencia, el Juzgado declara que las partidas económicas que se pueden recuperar son los gastos de notaría por la escritura del préstamo hipotecario, los costes de la tasación, el importe de las cantidades desembolsadas en el Registro de Propiedad por la inscripción de la hipoteca, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) al que se encuentre sujeta y no exenta la escritura del préstamo y los gastos de gestoría siempre que su intervención haya sido impuesta por el banco.

Fuente: okdiario