21 de enero de 2021: último día para reclamar la devolución de gastos hipotecarios.

El próximo día 21 de enero de 2021 vence el plazo de 5 años para poder solicitar la devolución de los gastos derivados de una cláusula declarada abusiva, como es el caso de los gastos hipotecarios.

Según la reciente nota informativa publicada por el Ministerio de Consumo sobre los derechos que asisten a las personas consumidoras en relación con gastos derivados de las hipotecas y otras cuestiones de ámbito financiero, se puede interpretar que el consumidor pudo tener conocimiento del posible carácter abusivo de la cláusula de gastos desde el momento que se hizo pública la STS 705/2015, de 23 de diciembre, (rec. 2658/2013), es decir, el 21 de enero de 2016.

Por consiguiente, de la lectura de dicha nota informativa se concluye que el período para reclamar la devolución de los gastos hipotecarios finaliza el próximo 21 de enero de 2021.

Europa pone la lupa en los acuerdos que modifican o suprimen la cláusula suelo con renuncia de acciones.

El Diario de la Unión Europea ha publicado el inicio del expediente de la primera cuestión prejudicial contra la doctrina del Tribunal Supremo español sobre la validez de los acuerdos que modifican o suprimen la cláusula suelo con renuncia de acciones posteriores, planteada por un Juzgado de Primera Instancia de Teruel.

— Más Información en www.lawandtrends.com/noticias/civil/el-tjue-estudiara-la-validez-de-los-acuerdos-que-modifican-o-suprimen-la-clausula-suelo-con-renuncia-de-acciones-1.html

Cómo serán las hipotecas a partir de ahora.

En las últimas semanas el mercado hipotecario y bancario ha estado revolucionado por los cambios normativos del Gobierno. El AJD de las nuevas hipotecas lo pagará la banca, tal y como aprobó en un Real Decreto Ley el Ejecutivo, que tiene en sus manos la reforma de la ley hipotecaria. Una normativa que también traerá cambios en los nuevos préstamos.  

Por Real Decreto Ley se ha establecido que el banco debe pagar el AJD de las hipotecas. Pero no será el único gasto que asumirá. En la reforma de la ley hipotecaria, cuya entrada en vigor lleva ya un retraso de más de dos años, se contempla que también paguen los gastos de la escritura, la gestoría y el arancel notarial, mientras que el cliente sólo tendrá que abonar la tasación de la casa que vaya a comprar y las copias de las escrituras que solicite.

El cliente se ahorrará entre el 85% y el 93% de los gastos hipotecarios, según el simulador de idealista/hipotecas. Sin embargo, este ahorro es mínimo en comparación con todos los gastos que hay que asumir a la hora de comprar una casa. De hecho, que la banca pague los gastos hipotecarios supondrá un ahorro para el hipotecado del 1% y el 2% sobre el precio de compra del inmueble. Y es que adquirir una casa conlleva el pago de impuestos, como el IVA (si es obra nueva) o el ITP (si es una casa usada), así como la notaría, el registro y la gestoría por escriturar la compraventa.

El texto definitivo de la normativa sigue negociándose en el Congreso de los Diputados y sigue incluyendo cambios importantes respecto al proyecto que anunció Luis de Guindos cuando estaba al frente del Ministerio de Economía. Por ejemplo, se retrasará el momento en el que el banco pueda ejecutar la hipoteca y embargar la vivienda por impago. Es lo que se conoce como la cláusula de vencimiento anticipado, una disposición que permite a la entidad ejecutar la hipoteca en el momento en que el cliente deje de pagar la cuota hipotecaria.

De este modo, el banco sólo podrá activar esta cláusula si el hipotecado ha dejado de pagar más de 12 cuotas hipotecarias o un importe equivalente al 3% del préstamo durante la primera mitad de vida de la hipoteca. Pasado ese momento, el plazo es de 15 mensualidades o del 7% del importe del préstamo.

Fuente: idealista.com