21 de enero de 2021: último día para reclamar la devolución de gastos hipotecarios.

El próximo día 21 de enero de 2021 vence el plazo de 5 años para poder solicitar la devolución de los gastos derivados de una cláusula declarada abusiva, como es el caso de los gastos hipotecarios.

Según la reciente nota informativa publicada por el Ministerio de Consumo sobre los derechos que asisten a las personas consumidoras en relación con gastos derivados de las hipotecas y otras cuestiones de ámbito financiero, se puede interpretar que el consumidor pudo tener conocimiento del posible carácter abusivo de la cláusula de gastos desde el momento que se hizo pública la STS 705/2015, de 23 de diciembre, (rec. 2658/2013), es decir, el 21 de enero de 2016.

Por consiguiente, de la lectura de dicha nota informativa se concluye que el período para reclamar la devolución de los gastos hipotecarios finaliza el próximo 21 de enero de 2021.

Sentencia del Tribunal Supremo 457/2020, de 24 de julio: quién paga los gastos hipotecarios.

En esta sentencia, la Sala Primera ratifica su doctrina sobre la nulidad, por abusivas, de las cláusulas que imputan al prestatario los gastos y tributos de los préstamos hipotecarios, en cuanto implican, en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes en el contrato. Continuar leyendo «Sentencia del Tribunal Supremo 457/2020, de 24 de julio: quién paga los gastos hipotecarios.»

Plusvalía: el Ayuntamiento debe probar el incremento de valor mediante prueba pericial o devolver las cantidades al contribuyente. 

La reciente  Sentencia Nº 95/2017, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cartagena, Seccion 1, Rec 220/2016, de 30 de Mayo de 2017, recoge La inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 de la LRHL, declarada por el Tribunal Constitucional en la STC 59/2017, y condena al Ayuntamiento de Cartagena a devolver las cantidades cobradas en concepto de plusvalía (impuesto sobre el incremento de valor de los terreneos de naturaleza urbana). Continuar leyendo «Plusvalía: el Ayuntamiento debe probar el incremento de valor mediante prueba pericial o devolver las cantidades al contribuyente. «