Si eres trabajador temporal y te despiden podrías no tener derecho a indemnización.

La abogada general de la Unión Europea, Juliane Kokott, rechaza ahora una discriminación entre ambos trabajadores y declina la igualación del despido, tal y como establecía la Doctrina De Diego Porras del propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en la setencia de 14 de septiembre de 2016.

Las conclusiones de la abogada general -que en un 90 por ciento de los casos se corresponden con la sentencia final del TJUE- llegan depués de decenas de cuestiones prejudiciales elevadas a Luxemburgo por parte de los Tribunales Superiores de Justicia y el Tribunal Supremo, que han preferido esperar a la sentencia europea para pronunciarse sobre estas situaciones. Continuar leyendo «Si eres trabajador temporal y te despiden podrías no tener derecho a indemnización.»

La garantía de indemnidad del trabajador frente a represalias empresariales.

La garantía de indemnidad en el ámbito de las relaciones de trabajo consiste en la imposibilidad de que el trabajador pueda ser objeto de medidas de represalia empresarial como consecuencia del ejercicio de acciones o reclamaciones frente a su empleador en tutela de sus derechos (SSTC 55/2004, de 19 de abril, 87/2004, de 10 de mayo y 38/2005, de 28 de febrero).

Se contempla en el apartado g) del 4.2 del Estatuto de los Trabajadores y en el Convenio 158 de la OIT, precepto que expresamente excluye entre las causas válidas de extinción  del  contrato de trabajo “el haber planteado queja o participado en un procedimiento entablado contra un empleado por supuestas violaciones de leyes o reglamentos o haber presentado un recurso ante la autoridades administrativas competentes”. Continuar leyendo «La garantía de indemnidad del trabajador frente a represalias empresariales.»

SI ERES INTERINO O TEMPORAL Y TU CONTRATO HA FINALIZADO O TE HAN DESPEDIDO, TIENES DERECHO A RECLAMAR TU INDEMNIZACIÓN: SENTENCIA TJUE DE 14/09/2016 (ASUNTO C-596/14).

El pasado 14 de septiembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió varias cuestiones prejudiciales que habían sido planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el marco de un pleito promovido por una mujer que había prestado servicios como secretaria en diversas subdirecciones del Ministerio de Defensa desde febrero de 2003 al amparo de varios contratos de interinidad. Estas cuestiones eran relativas a la calificación de la relación laboral que vinculaba a las partes y al abono de una indemnización como consecuencia de la extinción de dicha relación, y, en esencia, se planteaba si la normativa española, que no prevé indemnización por la extinción de un contrato de trabajo de interinidad, es acorde con la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada.

Para dar respuesta a esta cuestión el Tribunal, en su Sentencia del TJUE, de 14 de septiembre 2016 (C-596/14), Asunto de Diego Porras y Ministerio de Defensa, comienza recordando qué ha entenderse por “trabajador con contrato de duración determinada” y “trabajador con contrato de duración indefinida comparable” conforme a la cláusula 3 del Acuerdo marco: Continuar leyendo «SI ERES INTERINO O TEMPORAL Y TU CONTRATO HA FINALIZADO O TE HAN DESPEDIDO, TIENES DERECHO A RECLAMAR TU INDEMNIZACIÓN: SENTENCIA TJUE DE 14/09/2016 (ASUNTO C-596/14).»