SI ERES INTERINO O TEMPORAL Y TU CONTRATO HA FINALIZADO O TE HAN DESPEDIDO, TIENES DERECHO A RECLAMAR TU INDEMNIZACIÓN: SENTENCIA TJUE DE 14/09/2016 (ASUNTO C-596/14).

El pasado 14 de septiembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió varias cuestiones prejudiciales que habían sido planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el marco de un pleito promovido por una mujer que había prestado servicios como secretaria en diversas subdirecciones del Ministerio de Defensa desde febrero de 2003 al amparo de varios contratos de interinidad. Estas cuestiones eran relativas a la calificación de la relación laboral que vinculaba a las partes y al abono de una indemnización como consecuencia de la extinción de dicha relación, y, en esencia, se planteaba si la normativa española, que no prevé indemnización por la extinción de un contrato de trabajo de interinidad, es acorde con la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada.

Para dar respuesta a esta cuestión el Tribunal, en su Sentencia del TJUE, de 14 de septiembre 2016 (C-596/14), Asunto de Diego Porras y Ministerio de Defensa, comienza recordando qué ha entenderse por “trabajador con contrato de duración determinada” y “trabajador con contrato de duración indefinida comparable” conforme a la cláusula 3 del Acuerdo marco: Continuar leyendo «SI ERES INTERINO O TEMPORAL Y TU CONTRATO HA FINALIZADO O TE HAN DESPEDIDO, TIENES DERECHO A RECLAMAR TU INDEMNIZACIÓN: SENTENCIA TJUE DE 14/09/2016 (ASUNTO C-596/14).»