No se puede imponer al trabajador cuándo coger vacaciones si antes las elegía libremente.

La Sala de lo social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia fechada el pasado 7 de enero en la que establece que las empresas no pueden imponer a los trabajadores los periodos de disfrute de sus vacaciones si con anterioridad a dicha imposición las venían eligiendo libremente de manera reiterada, adquiriendo esta situación el carácter de «condición más beneficiosa» para el trabajador.

El juzgado de lo social número 8 de Málaga había condenado a la empresa a seguir concediendo el disfrute de las vacaciones a los trabajadores afectados tal y como se venía haciendo antes de 2015 y el TSJA confirmó el fallo, cuya sentencia fue recurrida en casación para unificación de doctrina por la empresa Valoriza Facilities (Sacyr).

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El Régimen Especial del Servicio del Hogar: unas pinceladas.

Se incluyen en el régimen especial del servicio del hogar aquellos trabajadores que dentro del ámbito del hogar familiar realicen tareas domesticas, cuidado o atención de los miembros de la familia u otros trabajos tales como jardinería, guardería o conducción de vehículos siempre y cuando formen parte del conjunto de tareas domésticas. Se excluyen aquellos empleados que si bien realizan estas tareas son contratados por empresas privadas, instituciones públicas o empresas de trabajo temporal.

En cuanto a la forma del contrato de trabajo de este personal ésta será por escrito si la duración sea superior a cuatro semanas; en el caso de una duración menor podrá ser un contrato verbal. La duración podrá ser temporal o por tiempo indefinido. El contrato de trabajo deberá reflejar el horario de trabajo, el sistema de retribución salarial y las prestaciones salariales en especie, así como él régimen de pernoctas del empleado de hogar en el domicilio. Continuar leyendo «El Régimen Especial del Servicio del Hogar: unas pinceladas.»

Aspectos a tener en cuenta en el registro diario de jornada: la Guía del Ministerio de Trabajo.

El Ministerio de Trabajo ha publicado una guía sobre el registro de jornada, obligatorio para todas las empresas desde el domingo, con los criterios para su aplicación a título informativo «sin perjuicio de la interpretación de la norma que corresponde a los juzgados y tribunales del orden social».

Fuente: economiademallorca.com/art/21525/registro-horario-que-hay-que-tener-en-cuenta-para-implantarlo