El banco que no atiende una reestructuración de deuda hipotecaria puede ser condenado a indemnizar daños y perjuicios a los prestatarios.

Los bancos y entidades adheridos al Código de Buenas Prácticas no pueden rechazar la solicitud de reestructuración efectuada por los prestatarios en tiempo y forma aduciendo para ello que antes debían pagarse todas las cuotas vencidas y pendientes de pago y alzarse los embargos que se habían trabado con posterioridad a la constitución de la hipoteca. Continuar leyendo «El banco que no atiende una reestructuración de deuda hipotecaria puede ser condenado a indemnizar daños y perjuicios a los prestatarios.»