¿La División De La Cosa Común para Liquidar Una Sociedad De Gananciales Disuelta?

Cuando la masa ganancial se compone de un único bien indivisible procedente de una sociedad de gananciales disuelta, no existe obstáculo o inadecuación de procedimiento si se ejercita la acción de división de cosa común para su liquidación en lugar de promover el procedimiento especial de liquidación de la sociedad ganancial, previsto en los arts. 806 y siguientes de la LEC para aquellos casos de existencia de una pluralidad de bienes integrantes de la sociedad ganancial pendientes de liquidar.

Continuar leyendo «¿La División De La Cosa Común para Liquidar Una Sociedad De Gananciales Disuelta?»

El derecho del católico a apostatar: disquisiciones terminológicas, régimen jurídico y procedimiento a seguir.

Antes de entrar a analizar el régimen jurídico de la apostasía dentro de la religión católica,  conviene saber de qué estamos hablando cuando decimos «apostasía» y qué la diferencia de otras figuras afines como puedan ser la herejía o el cisma.

Así, la Real Academia de la Lengua Española define el significado del verbo “apostatar”, en su primera acepción, como “abandonar públicamente” una “religión»; es decir, la decisión voluntariamente adoptada de separarse de una determinada confesión y hacerlo además de manera pública, es decir, no quedando la renuncia en el fuero interno del sujeto, sino haciéndose patente y manifiesta a los demás a través de los medios o procedimientos establecidos a tales efectos. Apostatar, por tanto, implica una conducta pasiva consistente en dejar de creer en una religión en su totalidad, como decisión reflexiva y privada del individuo (el abandono), seguida de una conducta activa del sujeto a través de los mecanismos oportunos para que dicha decisión trascienda de lo individual a lo colectivo (la publicidad de ese abandono). De hecho, por lo que atañe a la fe católica, en la Carta circular del Consejo Pontificio para los Textos Legislativos de 13 de Marzo de 2.006 (Prot. nº 10279/2006) se aclara que el abandono de la Iglesia católica, para que pueda ser configurado válidamente, debe concretarse en la decisión interna de salir de la Iglesia católica (el abandono) seguida de la actuación y manifestación externa de esta decisión (publicidad del abandono), a la que añade un tercer requisito, cual es la necesidad de su recepción por parte de la autoridad eclesiástica competente para Continuar leyendo «El derecho del católico a apostatar: disquisiciones terminológicas, régimen jurídico y procedimiento a seguir.»

El Supremo declara la paternidad a un hombre que se negó a someterse a una prueba de ADN.

El Tribunal Supremo ha declarado la paternidad a un hombre que se negó sin motivo a someterse a una prueba biológica de ADN, circunstancia que, unida a la «probabilidad débil» de que hubo una relación con la mujer recurrente, constituyen para los magistrados prueba suficiente para declarar la paternidad.

La sentencia considera que la negativa injustificada del hombre a someterse a la prueba biológica adquiere fuerza probatoria cuando queda acreditado, a través de Continuar leyendo «El Supremo declara la paternidad a un hombre que se negó a someterse a una prueba de ADN.»