Caídas en la vía pública: consejos prácticos.

¿QUÉ HACER EN CASO DE CAÍDA EN LA CALLE O EN CUALQUIER VÍA PÚBLICA?

Lo primero es llamar a la Policía Local, bien usted, si le es posible por su estado, o cualquier acompañante o viandante. Esto es tremendamente importante, ya que el agente o la dotación policial acudirán al lugar del accidente y redactarán un informe, diligencia o atestado en el que harán constar la posible causa de la caída y el estado o lesiones del accidentado. También pueden reflejar las identidades de los posibles testigos de los hechos. No obstante, tanto si la Policía hace constar los datos de los testigos como si no, cuídese de recabarlos usted, al menos nombre, apellidos y número de teléfono de cada uno de ellos.

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¿Cómo sé que las cuotas o derramas exigidas por mi Comunidad son las que me corresponde pagar?

El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal establece las distintas obligaciones que deben cumplir los dueños de la vivienda. Entre ellas destacan la obligación de contribuir a los gastos comunes de la comunidad (facturas de la luz, agua, portero…); los gastos que se deriven de las obras necesarias (aquellas que aseguren el sostenimiento y conservación del inmueble); y la contribución al fondo de reserva (de forma obligatoria será de al menos el 5% del último presupuesto ordinario de la comunidad). Continuar leyendo «¿Cómo sé que las cuotas o derramas exigidas por mi Comunidad son las que me corresponde pagar?»