¿Tienen obligación de notificarme el boletín de denuncia por una infracción de tráfico?

La regla general es que si hemos cometido una infracción de tráfico y ésta ha sido observada por un agente de tráfico, este tiene obligación de entregarnos en mano el boletín de denuncia; sin embargo, no será necesaria la detención del vehículo en los siguientes casos:

La detención puede originar un grave riesgo Continuar leyendo «¿Tienen obligación de notificarme el boletín de denuncia por una infracción de tráfico?»

No basta una fotografía para sancionar por exceso de velocidad: la dudosa legalidad de las denuncias automatizadas.

La Sentencia número 342/2017, dictada el pasado 25 de septiembre de este año por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Alicante resuelve favorablemente a los intereses de mi cliente estimando íntegramente nuestra demanda y dejando el acto administrativo recurrido sin efecto por no ser conforme a derecho, con todas las consecuencias inherentes a dicho pronunciamiento, señaladamente la anulación de la sanción de multa de 300 euros y la pérdida de 2 puntos impuestas por la Administración por la comisión de la infracción del artículo 52.1 del RGC por “circular a una velocidad de 104 km/h estando limitada por señal a 70 km/h”.

El Magistrado pone en tela de juicio el sistema de denuncias automatizadas por excesos de velocidad que habitualmente emplea la Administración de Tráfico para sancionar los Continuar leyendo «No basta una fotografía para sancionar por exceso de velocidad: la dudosa legalidad de las denuncias automatizadas.»

Las huellas de frenada en una colisión no son suficientes para sancionar por no respetar la distancia de seguridad.

Recientemente he tenido el placer de intervenir ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Alicante dirigiendo la defensa de un cliente que había sido sancionado por la Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante con multa de 200 euros y pérdida de 4 puntos por una supuesta infracción de lo establecido en el artículo 54.1 del RGC, consistente circular detrás de otro vehículo sin dejar espacio libre que le permita detenerse, sin colisionar en caso de frenada brusca del que le precede (no mantener la distancia de seguridad), al considerar que dichas sanciones no se ajustaban a derecho.

La Sentencia número 280/2017, dictada el pasado 11 de septiembre de este año, resuelve favorablemente a los intereses de mi cliente estimando íntegramente nuestra demanda y dejando el acto administrativo recurrido sin efecto por no ser conforme a derecho, con todas las consecuencias inherentes a dicho pronunciamiento, señaladamente la Continuar leyendo «Las huellas de frenada en una colisión no son suficientes para sancionar por no respetar la distancia de seguridad.»