El Régimen Especial del Servicio del Hogar: unas pinceladas.

Se incluyen en el régimen especial del servicio del hogar aquellos trabajadores que dentro del ámbito del hogar familiar realicen tareas domesticas, cuidado o atención de los miembros de la familia u otros trabajos tales como jardinería, guardería o conducción de vehículos siempre y cuando formen parte del conjunto de tareas domésticas. Se excluyen aquellos empleados que si bien realizan estas tareas son contratados por empresas privadas, instituciones públicas o empresas de trabajo temporal.

En cuanto a la forma del contrato de trabajo de este personal ésta será por escrito si la duración sea superior a cuatro semanas; en el caso de una duración menor podrá ser un contrato verbal. La duración podrá ser temporal o por tiempo indefinido. El contrato de trabajo deberá reflejar el horario de trabajo, el sistema de retribución salarial y las prestaciones salariales en especie, así como él régimen de pernoctas del empleado de hogar en el domicilio. Continuar leyendo «El Régimen Especial del Servicio del Hogar: unas pinceladas.»