Gritar desde la terraza que una vecina es morosa no atenta contra su protección de datos.

Revelar desde la terraza la condición de morosa de una vecina no infringe la normativa de protección de datos. Así lo determina la Audiencia Nacional en una sentencia en la que avala la decisión de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) de no iniciar un procedimiento de infracción contra la presidenta de una comunidad de propietarios que contó a su cónyuge desde el balcón que otra de las residentes debía cuatro años a la comunidad. A raíz de ello, la hija de la aludida sufrió una crisis de ansiedad y tuvo que recibir asistencia médica.

Fuente: Cinco Días