Un vehículo sin uso, no retirado y apto debe estar cubierto por un seguro de responsabilidad civil.

Un vehículo que no se ha retirado oficialmente de la circulación y que es apto para circular debe estar cubierto por un seguro de responsabilidad civil del automóvil aunque su propietario, que ya no tiene intención de conducirlo, haya decidido estacionarlo en un terreno privado.

Los Estados miembros pueden prever que, cuando la persona que estaba sujeta a la obligación de suscribir un seguro de responsabilidad civil respecto de un vehículo implicado en un accidente ha incumplido esta obligación, el organismo de indemnización nacional pueda dirigirse contra dicha persona aunque no sea civilmente responsable del accidente.

Más información en: curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2018-09/cp180125es.pdf

Autor: Francisco Villar

Abogado

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