Los demandantes recuperarán los cerca de 3.000 euros que pagaron por el notario, el registro o los impuestos, además de las cantidades cobradas de más por la aplicación de la cláusula suelo y de los intereses de demora.
La sentencia remarca que quien tiene el interés principal en formalizar el crédito es la entidad financiera, ya que así «obtiene un título ejecutivo» para poder exigir el cumplimiento de las condiciones del contrato.
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