Tolerancia atea/agnóstica y derogación por superfluo del art. 525.2 del Código Penal. 

El Código Penal todavía mantiene el “delito de blasfemia” (aunque no con este nombre, claro) en su artículo 525:

1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.

Parece que el sentido de dichos preceptos sería evitar las venganzas que, de no existir dicha regulación, podrían darse por parte de quienes, ofendidos por el escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias o falta de ellas se tomaran la justicia por su mano.

Ahora bien, el apartado segundo del art. 525 CP es claramente innecesario. Que yo sepa, ningún ateo ha denunciado nunca a nadie en base a ese artículo. Quiero decir, si alguna vez ha ocurrido, no ha tenido relevancia social (o yo no me enterado). Aunque motivos no faltan. Empezando porque la misma Biblia llama necios a los ateos: “Dice el necio en su corazón: no hay dios” (Salmos 14, 1 y 53, 1). Y luego después todo lo quedando desde púlpitos, mezquitas y sinagogas se dice de los ateos: que no tienen moral porque no tienen temor de Dios, que son libertinos, etc. No obstante, los ateos no denuncian ni demandan a los religiosos por eso. Como mucho reaccionan con un: “Allá tú” (más o menos similar al más infantil: “Quien lo dice lo es”).

El ateo no necesita el art. 525.2 CP porque aunque otro se burle de su increencia eso no le resulta especialmente grave. Para un ateo, que un creyente forme la palabra “Bigotudo” con libros de Nietzsche, o haga una caricatura de Karl Marx, o queme un ninot con la cara de Richard Dawkins, como mucho, le parecerá algo estúpido. Pero no hay riesgo de que eso pudiera conllevar una espiral de venganza que sea mejor pararla con el Código Penal. El ateo puede tolerar perfectamente todo eso y mucho más. De hecho, las asociaciones ateas y laicistas exigen la eliminación del art. 525 CP entero, incluso de su segundo párrafo hecho para “protegerles” a ellos.

¿Podemos decir lo mismo de la primera parte del art. 525 CP? Es decir, ¿es necesario? ¿Debe haber un artículo penal para que los creyentes tengan la tranquilidad de que, si alguien ofende sus creencias, será castigado de la misma manera que si un creyente ofendiera la increencia de un ateo? ¿O resultará innecesario como sucede en el caso del ateo?

La mera existencia del art. 525.1 CP, y que los creyentes no solo quieran mantenerlo sino que en repetidas ocasiones lo hayan utilizado contra ateos, demuestra que no. El creyente no es tan tolerante como el ateo en lo que al “honor” de sus creencias se refiere. Es como si el creyente dijera: “Más vale que esté ahí ese artículo del CP, porque si no, cuando me viene la ira no sé de lo que puedo ser capaz en mi afán de venganza”. Pero ¡eso sí que es insultante para el creyente! Es como llamarle incivilizado, incapaz de contener sus emociones, vengativo, intolerante; casi un matón de barrio. Si el art. 525.1 CP debe existir es porque los creyentes son así; si no son así, el art. 525.1 CP es innecesario (como lo es el 525.2 CP).

Sin embargo, y de acuerdo a Steven Pinker, la tendencia histórica es a mejor. Las sociedades tienden a una mayor tolerancia en lo concerniente al honor y a una menor violencia en consecuencia. Y si una parte de la sociedad, la que no cree, es capaz de comprender que las ofensas a sus ideas no merecen la violencia por respuesta, algún día los creyentes serán capaces de comprenderlo también y el art. 525.1 CP tampoco hará falta. Tiempo al tiempo: a la iglesia también le costó lo suyo darse cuenta de que la hoguera no era la solución, pero al final llegó a entenderlo. Algún creyente podría decir que esto último también es ofensivo para él. Vale, estoy dispuesto a retirarlo: si las confesiones religiosas me demuestran que es falso pidiendo la eliminación del art. 525 CP.

Fuente: Andrés Carmona Campo 

Autor: Francisco Villar

Abogado

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