En los casos en los que se renuncia por el vendedor a la exención del IVA en segundas y ulteriores entregas de inmuebles se produce lo que se denomina “inversión del sujeto pasivo”, esto es, el cambio de la condición de sujeto pasivo en el IVA, que pasará a ser el destinatario de la operación. En una compra de un bien o en la realización de un servicio, el que compra o recibe ese bien o servicio, pasará a ser sujeto pasivo, en vez del que vende o realiza ese bien o servicio. Por tanto, en una compra de inmuebles, el sujeto pasivo deja de ser el vendedor, pasándolo a ser el comprador. Continuar leyendo «Inversión del sujeto pasivo tras la renuncia a la exención de IVA en segundas y ulteriores entregas de inmuebles.»