El Supremo aplica la retroactividad total de la nulidad de las cláusulas suelo tal y como estableció el TJUE.

El 15/02/2017 el Pleno del Tribunal Supremo aplica por primera vez la retroactividad total de la nulidad de las claúsulas suelo, tal y como fue establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 21 de diciembre.

El Pleno de la Sala Civil ha abordado dos casos. En uno de ellos rechaza la petición del cliente porque en el juicio quedó demostrado que sí había negociado con el banco esa cláusula, por lo que cumplía el requisito de transparencia que no se dio en la mayoría de contratos hipotecarios.El Supremo sí acuerda la nulidad de la cláusula desde el mismo momento de la firma en el otro supuesto, rechazando así el recurso del BBVA contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona. La sentencia ignoró el criterio del Supremo y aplicó la retroactividad de la nulidad. El Supremo adapta la jurisprudencia a lo sostenido por el TJUE y convalida ese criterio. En este caso el BBVA consideraba que debía aplicarse el criterio de cosa juzgada y, por tanto, aplicar al caso el criterio de no retroactividad que por entonces exigía el Supremo. El Alto Tribunal rechaza los argumentos del banco.

Fuente: El Mundo

FRANCISCO A. VILLAR GALLARDO
ABOGADO

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20 de mayo: ¿muerte del Real Decreto-Ley 1/2017 de cláusulas suelo y colapso judicial?

El pasado 21 de enero se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, que tiene por objeto «el establecimiento de medidas que faciliten la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito en aplicación de determinadas cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria» (art. 1) que, si bien formalmente es voluntario para los consumidores afectados, en la práctica deviene obligatorio en la medida en que, en caso Continuar leyendo «20 de mayo: ¿muerte del Real Decreto-Ley 1/2017 de cláusulas suelo y colapso judicial?»

Aspectos más destacables de la Sentencia del TJUE de 21/12/2016 sobre cláusulas suelo. 

Los aspectos más relevantes de la SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNION EUROPEA (Gran Sala) de 21 de diciembre de 2016 (asuntos acumulados C‑154/15, C‑307/15 y C‑308/15) son:

72 Pues bien, la limitación en el tiempo de los efectos jurídicos derivados de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo, que el Tribunal Supremo acordó en la sentencia de 9 de mayo de 2013, equivale a privar con carácter general a todo consumidor que haya celebrado antes de aquella fecha un contrato de préstamo hipotecario que contenga una cláusula de ese tipo del derecho a obtener la restitución íntegra de las cantidades que haya abonado indebidamente a la entidad bancaria sobre la base de la cláusula suelo durante el período anterior al 9 de mayo de 2013. Continuar leyendo «Aspectos más destacables de la Sentencia del TJUE de 21/12/2016 sobre cláusulas suelo. «