Análisis de las competencias del secretario administrador en la redacción del acta, quien no debe dejarse influir por las “recomendaciones” del presidente o comuneros acerca de que consten en el acta los comentarios que realizaron el día de la junta.
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Obras en vivienda o local: ¿Es suficiente la licencia administrativa sin autorización de la Comunidad?
La realización de obras por el propietario de un piso o local en un edificio en régimen de propiedad horizontal requiere el consentimiento de la comunidad en los siguientes supuestos:
a) Cuando las obras se van a realizar en elementos comunes , siendo el ejemplo más típico de estos casos cuando un propietario disfruta del uso privativo de alguno de estos elementos, por ejemplo un patio o una terraza, y pretender llevar a cabo obras en los mismos.
b) Cuando las obras, aún llevándose a cabo en el propio piso o local, menoscaben o alteren la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores o perjudique los derechos de otro propietario.
¿Qué clase de saciones puede imponer la comunidad de propietarios a sus morosos?
La Ley de Propiedad Horizontal, además de prever un mecanismo para la reclamación de deudas como es el procedimiento monitorio, establece una sanción para los propietarios morosos como es la privación del derecho de voto.
En este sentido, los propietarios que en el momento de iniciarse la Junta no se encuentren al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la Comunidad de Propietarios y no hubiesen impugnado judicialmente las mismas o procedido a la consignación judicial o notarial de la suma adeudada, podrán participar en sus deliberaciones si bien no tendrán derecho de voto (artículo 15.2 de la Ley de Propiedad Horizontal).
Por su parte, el artículo 21.1 de la Ley de Propiedad Horizontal dispone que las obligaciones de cada propietario de contribuir a los gastos generales y al fondo de Continuar leyendo «¿Qué clase de saciones puede imponer la comunidad de propietarios a sus morosos?»