Derechos y obligaciones del solicitante de Asilo y Refugio. 

1- DERECHOS:

  1. A ser documentado como solicitante de protección internacional.
  2. A asistencia jurídica gratuita e intérprete.
  3. A que se comunique su solicitud al ACNUR.
  4. A la suspensión de cualquier proceso de devolución, expulsión o extradición que pudiera afectarle.
  5. A conocer el contenido del expediente en cualquier momento.
  6. A la atención sanitaria en las condiciones expuestas.
  7. A recibir prestaciones sociales específicas.

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Los Apátridas: guía del procedimiento para el reconocimiento de dicho estatuto

imageLas personas a las que se les reconoce su condición de apátridas -por no tener nacionalidad reconocida por ningún Estado- tienen derecho a residir y trabajar en el Estado español y recibirán –siempre que no se opongan a ello razones de seguridad o de orden público- una tarjeta acreditativa y un documento de viaje, que les permiten trasladarse fuera del territorio nacional. Además, quienes solicitan el estatuto de apátrida tienen acceso a las mismas prestaciones sociales que quienes solicitan asilo, pero no es un derecho especificado en su reglamento.
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El cónyuge de un español puede residir en nuestro país sin necesidad de acreditar recursos económicos suficientes.

Efectivamente, así lo viene a reconocer la reciente Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 3 de San Sebastián de 28 de junio de 2013, para quien prevalece el derecho constitucional de vivir en familia sobre la necesidad de disponer de recursos suficientes.

El Juez interpreta que la nueva redacción del art. 7 del RD 240/2007 (Real Decreto-Ley 16/2012) se refiere única y exclusivamente al ciudadano comunitario que ejerce su derecho de libre circulación y está casado con una ciudadana o Continuar leyendo «El cónyuge de un español puede residir en nuestro país sin necesidad de acreditar recursos económicos suficientes.»