Los plazos de prescripción y caducidad derivados del contrato de trabajo. 

Los plazos procesales de caducidad y prescripción para poder ejercitar acciones derivadas del contrato de trabajo ante los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional laboral pueden resumirse en:

  • Acción contra despido o resolución de contratos temporales: caducidad de 20 días hábiles.
  • Acciones que no tengan señalado plazo especial: prescripción de un año.
  • Acciones contra decisiones empresariales en materia de movilidad geográfica y modificación sustancial de las condiciones de trabajo: 20 días hábiles.
  • Infracciones cometidas por el empresario: prescripción de 3 años (Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto)
  • Faltas de los trabajadores: leves (prescripción de 10 días hábiles), graves (prescripción de 20 días hábiles), muy graves (60 días hábiles desde el conocimiento de la Empresa, y 6 meses desde que se cometió la falta).

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Aspectos más destacables de la Sentencia del TJUE de 21/12/2016 sobre cláusulas suelo. 

Los aspectos más relevantes de la SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNION EUROPEA (Gran Sala) de 21 de diciembre de 2016 (asuntos acumulados C‑154/15, C‑307/15 y C‑308/15) son:

72 Pues bien, la limitación en el tiempo de los efectos jurídicos derivados de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo, que el Tribunal Supremo acordó en la sentencia de 9 de mayo de 2013, equivale a privar con carácter general a todo consumidor que haya celebrado antes de aquella fecha un contrato de préstamo hipotecario que contenga una cláusula de ese tipo del derecho a obtener la restitución íntegra de las cantidades que haya abonado indebidamente a la entidad bancaria sobre la base de la cláusula suelo durante el período anterior al 9 de mayo de 2013. Continuar leyendo «Aspectos más destacables de la Sentencia del TJUE de 21/12/2016 sobre cláusulas suelo. «

¿DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO DE UNA SOLA MENSUALIDAD DE RENTA O DE CUALQUIER CANTIDAD?

¿El arrendador debe esperar al impago de un número determinado de mensualidades o cabe iniciar la acción de desahucio contra el arrendatario por la falta de pago de un solo mes?. ¿Procede por cualquier concepto, renta y otras cantidades?, ¿Es posible resolver el contrato acudiendo a un juicio de desahucio por una cantidad tan ínfima? ¿Existe un importe mínimo para acudir a este procedimiento? Continuar leyendo «¿DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO DE UNA SOLA MENSUALIDAD DE RENTA O DE CUALQUIER CANTIDAD?»