Nulidad de la comisión de reclamación de posiciones deudoras en préstamo hipotecario (SAP Valencia 2812/2016)

La Sentencia de la sección 9ª de la Audiencia Provincial de Valencia número 2812/2016 confirma la nulidad de ciertas cláusulas de un préstamo hipotecario. Entre ellas la correspondiente a la comisión por reclamación de la posición deudora, al considerar que implica un cargo automático por el mero hecho de constituirse en mora, cuando la comisión solo es devengable por la prestación de un servicio. Continuar leyendo «Nulidad de la comisión de reclamación de posiciones deudoras en préstamo hipotecario (SAP Valencia 2812/2016)»

La nulidad de la cláusula suelo ahora más rápido.

Las demandas por nulidad de la cláusula suelo se resolverán en un plazo mucho más corto. La última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que entró en vigor el pasado 1 de octubre permitirá presentar las demandas de reclamación de nulidad de la Cláusula Suelo ante los Juzgados de Primera Instancia, y no ya ante los Juzgados de lo Mercantil, como era preceptivo hasta ahora. Ello es una gran noticia ya que los referidos juzgados de lo mercantil se encontraban completamente colapsados por (entre otros asuntos) los concursos y las propias cláusulas suelo.
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Los clientes bancarios: pequeña guía para reclamar. 

Lo primero es presentar una reclamación por escrito dirigida al servicio de atención o al defensor del cliente de la entidad, que tiene un plazo máximo de dos meses para contestar.

Si se pronuncia a favor del consumidor, esta decisión es vinculante para la entidad. Si no fuera así —o si no obtenemos respuesta—, podemos acudir al servicio de reclamaciones del Banco de España. El regulador debe responder en cuatro meses. Lamentablemente, su veredicto no es de obligatorio cumplimiento para el consumidor. 

La última vía es la judicial, para la que no se exige abogado y procurador si se trata de una reclamación o indemnización inferior a los 2.000 euros. No obstante, siempre es mejor acudir con experto para que haya igualdad de armas, ya que las empresas suelen litigar con sus equipos de letrados. 

Francisco Villar Gallardo
Abogado Alicante
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