Pasos a seguir para reclamar a su Banco los gastos de hipoteca. 

Para reclamar a su Banco los gastos de formalización de su hipoteca (notario, registro e impuesto) es recomendable presentar una reclamación directamente ante el Servicio de Atención al Cliente del Banco o Caja. A dicha reclamación debe acompañarse:


1.-Facturas de Notaría y Registro de la Propiedad. El Tribunal Supremo menciona en su sentencia que, “en lo que respecta a la formalización de escrituras notariales e inscripción de las mismas (necesaria para la constitución de la garantía real –o sea la hipoteca-), tanto el arancel de los notarios como el de los registradores de la propiedad, atribuyen la obligación de pago al solicitante del servicio de que se trate o a cuyo favor se inscriba el derecho. Y quien tiene el interés principal en la documentación e inscripción de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria es, sin duda, el prestamista, pues así obtiene un título ejecutivo, constituye la garantía real, y adquiere la posibilidad de ejecución especial”.

2.-Carta de Pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. De acuerdo a la Ley que regula el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: “será sujeto pasivo del impuesto el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales o aquéllos en cuyo interés se expidan”. El Tribunal Supremo considera respecto al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, que el sujeto pasivo es el Banco. Es decir, el obligado al pago de dicho impuesto, tanto en lo que se refiere a su cuota fija –timbre del papel notarial-, como en su cuota gradual, es el Banco y no el prestatario o deudor hipotecario; por lo que es un tributo a incluir en la reclamación

Una vez hayan pasado dos meses desde dicha reclamación, haya contestado o no el Banco, y siempre que la respuesta, en caso de haberla, haya sido negativa, se podrá proceder a interponer la correspondiente demanda judicial ante el partido judicial del domicilio del prestatario o deudor o del domicilio social del Banco, indistintamente. Lo que debemos solicitar en la demanda será la nulidad de la cláusula por abusiva, y la restitución de los gastos abonados como consecuencia de dicho pacto, los que deberán de ir documentados con sus correspondientes facturas. Será necesaria la intervención de abogado y procurador por el tipo de procedimiento que se ha de interponer.

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Francisco Antonio Villar Gallardo

Abogado

Massa & Villar Abogados

C/ Periodista Pirula Arderius (antes Felipe Bergé), 8, 1º Dcha. 03001 Alicante.

Tel.: 966 350 207 Fax: 966 358 219

Web: www.abogado-franciscovillar.es

E-mail: fvillar-gallardo@icali.es

Autor: Francisco Villar

Abogado

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