Nulidad de cláusula bancaria por el tamaño de la letra empleada.

El reciente Auto de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón de 7 de septiembre ha declarado nula una cláusula de un contrato bancario (la que fija el interés remuneratorio) por el tamaño de la letra «dada la letra tan minúscula que emplea para lo que se necesita el uso de una lupa no siendo suficiente las lentes usuales de lectura».

Ver texto completo del Auto.

Autor: Francisco Villar

Abogado

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