Los abogados han de avisar que no pueden acudir al juicio o que se van a retrasar cuando tienen otro señalamiento.

Así lo ha establecido recientemente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en su Sentencia 31 Enero 2019.

La actuación de la letrada, que no bajó a la otra planta del juzgado para comunicar que tenía que celebrar un juicio en el piso superior y que se demoraría, es calificada como desidia por el Supremo y no puede tener amparo judicial alguno. Se le tiene por desistida en su acción.

— Más Información en: diariolaley.laley.es/Content/Documento.aspx

Autor: Francisco Villar

Abogado

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