En el acta no puede ni debe hacerse anotar los comentarios que el presidente o los comuneros han realizado en la junta.

Análisis de las competencias del secretario administrador en la redacción del acta, quien no debe dejarse influir por las “recomendaciones” del presidente o comuneros acerca de que consten en el acta los comentarios que realizaron el día de la junta.

— Más en www.elderecho.com/tribuna/civil/Inviabilidad-opiniones-presidente-comuneros-acta-junta_11_1222180002.html

Autor: Francisco Villar

Abogado

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