El Tribunal Constitucional confirma la supresión de las ayudas públicas a viviendas protegidas desde el 6 de junio de 2013 y con carácter retroactivo.

El Tribunal Constitucional (TC), en su reciente Sentencia 216/2015 de 22 de octubre de 2015, ha rechazado el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados frente a la Disposición Adicional Segunda de la Ley 4/2013, que suprimía desde la entrada en vigor de dicha Ley todas las ayudas públicas a viviendas protegidas; en particular, las subsidiaciones de los préstamos convenidos y la Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE).

Asimismo, con la validación de dicha norma por el Tribunal Constitucional, se ampara la supresión con carácter retroactivo de las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos reconocidas con anterioridad al 15 de julio de 2012 y de las Ayudas Estatales Directas a la Entrada subsistentes conforme a la disposición transitoria primera del Real Decreto 1713/2010, de 17 de diciembre, en las que, pese a la formalización del préstamo por el beneficiario antes del 6 de agosto de 2013 -en los dos meses siguientes a la entrada en vigor de la norma- el Ministerio de Fomento no hubiera dado su conformidad al pago de las ayudas.

Enlace de la Sentencia: http://www.boe.es/boe/dias/2015/11/27/pdfs/BOE-A-2015-12881.pdf

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Francisco Antonio Villar Gallardo
Abogado
Lossana, Massa & Villar
Abogados
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Autor: Francisco Villar

Abogado

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