Declaración de abusividad de la cláusula que fija el interés remuneratorio con base al índice IRPH cajas.

La consecuencia de la declaración de abusividad de la cláusula de interés remuneratorio referenciado al IRPH cajas, no puede ser más que la subsistencia del contrato de préstamo, sin devengo de interés alguno en favor de la entidad acreedora, sin poder integrarla, substituirla, complementarla o modificarla y, sin que proceda la restitución recíproca de las prestaciones inherente a la nulidad del contrato en su totalidad, ya que no es esa la declaración que aquí se efectúa, sino la de limitar los efectos de la abusividad por falta de transparencia a la cláusula de interés remuneratorio, con la obligación del acreedor de restituir al deudor -la totalidad- de los importes que por dicho concepto ha percibido durante la vigencia del contrato.

Ver: Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Mataró de 10 de febrero de 2017 (D. PABLO IZQUIERDO BLANCO).

Fuente: http://notasdejurisprudencia.blogspot.com.es/2017/03/consumidores-y-usuarios-declaracion-de.html?m=1

Autor: Francisco Villar

Abogado

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