Cortes de suministro por impago.

El corte del suministro eléctrico por impago es la suspensión de este suministro básico más común. Si bien durante el estado de alarma no se van a poder realizar este tipo de cortes, lo cierto es que es algo que sufre mucha gente fuera de esta circunstancia tan especial. Por ello, vamos a ver en qué consisten este tipo de cortes de suministro y qué podemos hacer si nos encontramos en una situación así.

Aviso de corte de electricidad

Cuando recibimos un aviso de corte de suministro eléctrico, en dicho aviso aparece el por qué se va a producir dicho corte. Si bien se pueden dar avisos con antelación de un corte de la distribuidora, la mayoría de este tipo de avisos provienen de un impago de facturas.

Ya sea por un despiste o de forma consciente, si no hay fondos en la cuenta, la factura será devuelta. Una vez esto sucede, el banco dispone de un mes de tiempo para notificar a la compañía la devolución del recibo. Una vez recibido dicho aviso, la compañía procede a avisar al cliente.

Dependiendo de la compañía, ese aviso se puede hacer por teléfono, carta o email. El corte no se produce en este momento, sino que se da un aviso y un tiempo para proceder al pago de la factura, el cual se puede realizar de diferentes formas:

  • Con tarjeta de crédito o débito tanto por página web como por teléfono
  • Con transferencia bancaria

Algunas compañías, en caso de hacerlo por transferencia, solicitan el recibo del pago para evitar la demora que se puede deber a lo que tarda la transferencia en hacerse efectiva.

¿Qué hacer ante un corte de electricidad?

Si, a pesar de recibir el aviso de suspensión, no se salda la deuda, según la Ley 24/2015 se puede proceder al corte, exceptuando estos festivos o vísperas.

Hay que tener en cuenta que la suspensión del suministro tiene un coste asociado, que te facturará la distribuidora al reconectar el suministro y que supone unos 11 euros.

Una vez se ha producido el corte, la única forma de reconectar el servicio es pagan la factura o facturas atrasadas. Una vez realizado esto, en unas 24 horas se debe recuperar el servicio.

Alta de electricidad tras corte por impago

Es posible que llegues a un piso y el suministro esté cortado por un impago, cosa que no es culpa tuya. En este sentido, un corte se considera como corte por impago durante dos meses. Pasado ese tiempo, se considera una baja de suministro y contrato y se puede dar de alta.

Si no puedes esperar ese tiempo, puedes solicitar la desvinculación de la deuda demostrándole a la distribuidora que ese impago no ha sido tuyo. Para realizar esto, llama a la distribuidora de la zona para que te diga qué documentos deberás enviar para que se desbloquee el suministro.

Cuando la deuda es muy cuantiosa, el desbloqueo no se realiza a no ser que se pague la deuda. Por ello, cuando vayas a comprar o alquilar una vivienda, asegúrate de que está libre de cargas y se podrá tener suministro en ella.

Autor: Francisco Villar

Abogado

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