Suspensión del contrato de arrendamiento de vivienda.

La suspensión del contrato de arrendamiento supone el cese o paralización temporal del contrato que conlleva, en consecuencia, la suspensión de la obligación de pagar la renta por el inquilino.

La posibilidad de suspensión del contrato de arrendamiento de vivienda se encuentra en el Art. 26 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (rubricado como «Habitabilidad de la vivienda») que dispone que cuando la ejecución en la vivienda arrendada de obras de Continuar leyendo «Suspensión del contrato de arrendamiento de vivienda.»

La extinción y el desistimiento del contrato de arrendamiento de vivienda.

La extinción del arrendamiento se produce por causas objetivas, que operan automáticamente, según el Art. 28 de la Ley de Arrendamientos Urbanos:

  • Cuando se pierda la finca por causa no imputable al arrendador, tanto si se trata de una pérdida material, como sería la destrucción física de la vivienda, (sin que pueda reconstruirse ni repararse) como cuando se trate de una pérdida jurídica (en el supuesto por ejemplo, de expropiación forzosa).
  • Por declaración firme de ruina acordada por la Autoridad Competente. En este sentido la vivienda ha de encontrarse en una situación de imposibilidad de uso disfrute de la misma.

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El recurso frente a la sentencia de desahucio.

No es frecuente que el inquilino recurra en apelación la sentencia que declara su desahucio ya que el artículo 449.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige acreditar tener satifechas las rentas debidas, siendo el tenor literal de dicho precepto el siguiente:

1. En los procesos que lleven aparejado el lanzamiento, no se admitirán al demandado los recursos de apelación, extraordinario por infracción procesal o casación si, al interponerlos, no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas. Continuar leyendo «El recurso frente a la sentencia de desahucio.»